BEASTEK S.A.C. está especializada en la construcción de cámaras Gessell utilizadas por la Fiscalía o la PNP para su trabajo diario en la identificación de evidencias. La cámara Gesell es una habitación acondicionada para permitir la observación con personas. Está conformada por dos ambientes separados por un vidrio de visión unilateral, los cuales cuentan con equipos de audio y de video para la grabación de los diferentes experimentos.
Para la PNP. Se trata de un ambiente dividido en dos por un vidrio espejado.
En el primero de ellos se encuentra el agresor, terrorista o violador según el caso, junto a otros policías camuflados delante de un tallímetro.
En el otro ambiente se encuentran todas las partes involucradas en el proceso, quienes tienen la opción de formular preguntas al agresor, terrorista o violador según el caso, o bien indicar que se posiciones y acomoden.
Es común el empleo de la cámara Gesell para observar la conducta de sospechosos en interrogatorios o bien para preservar el anonimato de testigos. En investigaciones policíacas se emplea frecuentemente
Para la Fiscalía. Se trata de un ambiente dividido en dos por un vidrio espejado.
En el primero de ellos se encuentra la víctima con un psicólogo especialista, quien se encarga de guiar la conversación para obtener la información necesaria para la etapa judicial en el caso de abuso de menores.
En el otro ambiente se encuentran todas las partes involucradas en el proceso, quienes tienen la opción de formular preguntas a la víctima a través del psicólogo .
Quien dirige la diligencia es un fiscal. Se canalizan las preguntas de las partes a través de un auricular a la psicóloga en la otra sala, quien adapta las interrogantes de acuerdo al lenguaje del niño para que la conversación sea espontánea.
La Cámara Gesell existe desde hace mucho tiempo, pero orgánicamente en el Perú se comenzó a utilizar desde el año 2008 y se estableció un reglamento de uso y obligación para todos los defensores, porque era una aberración que el chico víctima de abuso sea sometido a varios interrogatorios desde la primera declaración que hacía en la sede policial hasta en el juicio oral.
Para tomar declaraciones testimoniales a los menores. La Cámara Gesell es parte de un sistema, que se terminó por completar con el protocolo de actuación en casos de abuso sexual infantil, por el que se instauró que la policía NO debe tomarle declaración testimonial al chico ni a la madre, sino que se hará una sola entrevista con la utilización de que se hará una sola entrevista, con la utilización de la Cámara Gesell.
Desde este segundo ambiente se realizan las preguntas, a través de un e qp p g ui po de comunicaciones al psicólo go quien lo transmitirá al niño en un lenguaje adecuado. Toda esta diligencia es filmada, lo que permitirá que posteriormente pueda ser visualizada por el juzgado o salas penales sin necesidad que la victima vuelva a concurrir o declarar. La información es guardada en un disco compacto. En este escenario, el personal encargado de la investigación observa a los niños y/o adolescentes que brindan sus testimonios desde la habitación contigua.
Esta innovación evita el proceso conocido como “victimización secundaria”, que tiene lugar cuando los sujetos víctimas o testigos de un delito se ven obligados a evocar una y otra vez la agresión vivida, en las numerosas declaraciones que deben prestar a lo largo del procedimiento judicial, experimentando repetidamente el trauma y la estigmatización.
- La victimización primaria, es el daño que sufre directamente.
- La victimización secundaria, es el perjuicio por los integrantes de las instituciones del sistema de administración de justicia, tales como Jueces, Fiscales, Peritos, Policías y otros funcionarios, involucrados en la atención de los casos. Una de las formas es cuando un niño, niña o adolescente, es sometido a numerosos y tediosos interrogatorios en el intento de esclarecer la agresión, pues se incrementan las condiciones para exacerbar las vivencias del evento traumático.
- La victimización terciaria, es el daño que causa la estigmatización que la sociedad realiza sobre la víctima al sobre la víctima , al identificarla y excluirla.
La entrevista única es una diligencia de declaración que forma parte de la investigación penal que conduce el Fiscal competente y se aplica a niños conduce el Fiscal competente y se aplica a niños, niñas o adolescentes presuntas víctimas de abuso sexual explotación sexual y trata con fines de sexual, explotación sexual, y trata con fines de explotación sexual. Se desarrolla en una sola sesión con el apoyo del psicólogo del Instituto de Medicina Legal, en la sala de entrevista única; para este efecto el psicólogo emplea la entrevista forense.
La entrevista única se documenta por medio de un acta suscrita por el fiscal y por quienes intervienen en ella. Simultáneamente se registra la entrevista en medio audiovisual que graba la expresión verbal y no verbal del entrevistado. Tanto el acta como el soporte audiovisual tienen un original y una copia. El original forma parte de la investigación fiscal y la copia s e remite a la unidad orgánica correspondiente, ambas cuentan con el tratamiento que se sigue con los objetos de prueba siendo necesario establecer la cadena de custodia.
La entrevista única es un procedimiento reservado que busca evitar la re victimización y reservar la identidad del niño niña o adolescente La identidad del niño, niña o adolescente. La observación y participación está restringida al Fiscal, Psicólogo abogado defensor (del imputado y del Psicólogo, abogado defensor (del imputado y del niño, niña o adolescente), y con la presencia de los padres o responsables del niño niña o adolescente padres o responsables del niño, niña o adolescente.
Cámara Gessel